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El reto de los gobiernos subnacionales a 10 años de la Ley de Obras por Impuestos

Mayo 06 / 2019
Néstor Díaz Rodríguez, coordinador macro regional sur de ProInversión

Recientemente se ha actualizado el marco legal para promover la inversión privada en los proyectos del Estado, mediante la Ley 29230 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, además de su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 212-2018-EF, dispositivo que regula la ejecución de proyectos públicos a través del mecanismo de Obras por Impuestos.

Recientemente se ha actualizado el marco legal para promover la inversión privada en los proyectos del Estado, mediante la Ley 29230 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2017-EF, además de su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 212-2018-EF, dispositivo que regula la ejecución de proyectos públicos a través del mecanismo de Obras por Impuestos.

Este mecanismo ha permitido, desde el 2009, la ejecución de 371 obras por un valor de más de S/ 4.270 millones, con la participación a la fecha de 15 gobiernos regionales, 149 municipalidades, 7 entidades del gobierno nacional, 3 universidades públicas y 103 empresas privadas.

Los gobiernos subnacionales y universidades públicas disponen de S/ 10.475 millones a través del mecanismo. Si bien este monto es importante, debemos verificar que a la fecha tenemos 7 gobiernos regionales con límite cero de emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Local-CIPRL (Arequipa, La Libertad, Piura, Puno, Junín, Pasco y Loreto) y 8 gobiernos regionales con menos de S/ 10 millones como límite de emisión de CIPRL (Cajamarca, Moquegua, Huánuco, Lima Metropolitana, San Martín, Madre de Dios, Lambayeque y Amazonas).

En tanto son 11 los gobiernos regionales con posibilidades reales de ejecutar proyectos a través de este mecanismo, siendo estos menos de la mitad. Esta situación es una tendencia también en las municipalidades provinciales y distritales, pero es menos evidente en las universidades públicas debido a su adopción tardía -iniciando recién en el 2018- y con expectativas reales vigentes a la fecha en más de 17 casas de estudio con un límite de emisión de CIPRL mayor a S/ 10 millones.

Además debemos tomar en cuenta la aplicación de las reglas fiscales, que para el caso de los gobiernos regionales en el documento denominado “Semáforo de cumplimiento para suscribir convenio de Obras por Impuestos en los gobiernos regionales” nos indica lo siguiente: Las entidades que están en ámbar son aquellas que estarían próximas a incumplir con las reglas fiscales, al 15 de mayo del 2019 , y/o el Tope Máximo de Capacidad Anual con el que cuentan para poder suscribir convenios en Obras por Impuestos no sería suficiente. En este grupo además de las entidades antes mencionadas se encuentran Apurímac, Tacna, Cusco y Ucayali, siendo en total solo 7 los gobiernos regionales que tienen posibilidades reales de ejecutar Obras por Impuestos: Callao, Ayacucho, Tumbes, Huancavelica, Áncash, Ica y Lima, situación que nos enfrenta a un reto importante: ¿será que estamos frente a la madurez del mecanismo de Obras por Impuestos?

Es importante mencionar que muchos de los gobiernos que no cuentan con límite de emisión de CIPRL han ejecutado importantes obras en años anteriores en virtud a este mecanismo; es decir, han hecho buen uso de las posibilidades que plantea Obras por Impuestos.

Esto nos lleva a indicar:

1. Se ha dado una transferencia real de capacidades desde ProInversión hacia funcionarios públicos de los gobiernos subnacionales. Tenemos personal capacitado en dichas regiones para hacer uso del mecanismo de Obras por Impuestos.

2. Existe capacidad en dichas regiones para abordar grandes proyectos públicos que ayudan al cierre de brechas de infraestructura. Hay que tomar en cuenta lo siguiente: Los proyectos viales, de salud y saneamiento más ambiciosos corresponden a entidades subnacionales, solo por citar algunos casos.

En esta coyuntura nacional donde se necesita darle impulso al gasto público, y sobre todo en el caso de inversión pública descentralizada, deberíamos abordar esta problemática usando la capacidad que tenemos distribuida a nivel nacional, pensando en facilitar el uso de recursos que podrían ser ejecutados de manera efectiva -tenemos personal capacitado en las regiones-, para poder mejorar el uso de fondos concursables que el Estado dispone para la ejecución de infraestructura como alternativa.

Ya tenemos algunas experiencias en la búsqueda de hacer uso de recursos distintos a los provenientes del canon, sobrecanon, regalías y renta de aduanas, identificados en los límites de emisión de CIPRL, cuando se realizaron dos convocatorias para hacer uso de los fondos del Foniprel o las posibilidades de uso de los fondos de la Reconstrucción con Cambios. Creo que estos dos fondos, y solo por nombrar algunos, son una salida real y efectiva para aquellos gobiernos subnacionales donde ya se ha realizado la transferencia real de capacidades para abordar los proyectos de Obras por Impuestos, que este momento ya no cuentan con límite de emisión de CIPRL o que simplemente nunca tuvieron esta capacidad.

Efectivamente, pensar en el uso de estos recursos requerirá de cambios normativos y mejorar las condiciones de acceso de los gobiernos subnacionales a estos fondos. Es preciso mencionar que esto podría activar de manera real y efectiva la inversión pública descentralizada, premiando la capacidad de gasto de aquellos gobiernos subnacionales que ya han ejecutado todo su monto tope de emisión de CIPRL, así como colaborar con la colocación de los fondos públicos que tienen alguna dificultad o retraso en su ejecución, sean estos concursables o no.

Debemos usar la capacidad instalada a lo largo del territorio nacional a fin de contribuir con el desarrollo de nuestro país, agilizando el gasto público y promoviendo la inversión privada descentralizada.